sábado, 18 de diciembre de 2010

LEY DE DEPENDENCIA

La Ley de Dependencia configura el derecho a la atención de las personas en situación de dependencia como un nuevo derecho de ciudadanía, un derecho de acceso en igualdad a elementos esenciales para la vida autónoma de muchas personas, un derecho que es inseparable a la dignidad de las personas.

Cientos de miles de personas en situación de dependencia son los destinatarios de esta Ley, que con ella, verán fortalecida su autonomía personal, y con ellos, serán también destinatarios sus familias, personas que están dedicando su vida a cuidar a quien lo necesitan.

La implantación de la Ley esta siendo progresiva. Los ciudadanos pueden ya exigir este derecho a las Administraciones competentes de las respectivas Comunidades Autónomas. Pudiendo acudir a los Servicios Sociales que les correspondan para solicitar la evaluación que determine su grado y nivel de dependencia. Una vez definida su situación personal, los profesionales de los servicios sociales elaboraran un Programa Individual de Atención, que incluirá los servicios y prestaciones que el ciudadano necesite y que los poderes públicos tienen ahora por Ley la obligación de ofrecerles, siempre teniendo en cuenta el calendario de implantación progresiva de la Ley de Dependencia.




RequisitosTodas las personas que, encontrándose en situación de dependencia, deseen acceder a los servicios y prestaciones que establece la Ley de Dependencia, deberán de reunir los siguientes requisitos:

* Tener nacionalidad española
* Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley.
* Vivir en España y haberlo hecho durante cinco años. De éstos, dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
* Las personas que, aun reuniendo los requisitos anteriores, no tengan la nacionalidad española, se regirán por lo establecido en la Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
* La ley no establece un mínimo o máximo de edad para recibir las ayudas. No obstante, existen requisitos especiales para los menores de 3 años.



Calendario de aplicaciónCon la Ley de Dependencia se estableció un calendario de aplicación, de manera que, el acceso a los servicios y recursos disponibles, se realizase gradualmente en función del grado de dependencia de los solicitantes. Este calendario de aplicación comenzó con la entrada en vigor de la Ley (enero del 2007), dando acceso a las ayudas a las personas con gran grado de dependencia, y finalizará con la implantación de las ayudas a las personas con grado de dependencia moderado (2015).

El calendario de aplicación es el siguiente:

* 2007, personas valoradas con un Grado III de gran dependencia, niveles 2 y 1.
* 2008-2009, personas valoradas con un Grado II de dependencia severa, nivel 2.
* 2009-2010, personas valoradas con un Grado II de dependencia severa, nivel 1.
* 2011-2012, personas valoradas con un Grado I de dependencia moderada, nivel 2.
* 2013-2014, personas valoradas con un Grado I de dependencia moderada, nivel 1.


Pasos a seguirTodas las personas que, encontrándose en situación de dependencia y reuniendo los requisitos marcados por la Ley, deseen acceder a los servicios y prestaciones establecidos en la Ley de Dependencia, deberán de seguir los siguientes pasos:

* Calcular el grado de dependencia a través de la calculadora de Infoelder. A través de esta calculadora desarrollada por Infoelder, en colaboración con Tioman&Partners, podrá obtener una idea aproximada acerca del Grado de Dependencia.
* Solicitar una evaluación, en la autoridad competente de cada comunidad autónoma, para determinar el grado y nivel de dependencia.
* Obtener la acreditación con el grado y nivel de dependencia. Esta acreditación tendrá validez para todo el Estado, independientemente de la comunidad en la que se haya solicitado.
* Solicitar, en la autoridad competente de cada comunidad autónoma, el Programa Individual de Atención con los servicios y/o prestaciones económicas a recibir.
* Obtener la resolución con la aprobación de la solicitud presentada.
* Solicitar los servicios y/o prestaciones establecidos en la Ley de Dependencia.


PrestacionesEl objetivo de las prestaciones de la Ley de Dependencia es atender a las personas en situación de dependencia para mejorar su calidad de vida. Estas prestaciones podrán ser económicas o en forma de servicios, e irán destinadas a promocionar la autonomía personal y atender las necesidades diarias de aquellos que no pueden valerse por sí mismos.

La ley de dependencia da prioridad al catálogo de servicios. Las personas que, encontrándose en situación de dependencia, en un primer momento no puedan acceder a los servicios sociales del catálogo de servicios, tendrán derecho a una prestación económica, de manera que puedan ser atendidos en un centro acreditado para la atención a la dependencia. Así mismo, la ley contempla la posibilidad de que, las personas en situación de dependencia, reciban las ayudas económicas para ser atendidos por cuidadores no profesionales.

El acceso a los servicios dispuestos por la Ley de Dependencia estará regulado por un calendario de aplicación. Este calendario establece un orden de prioridades en función del grado de dependencia y de la situación económica. La capacidad económica será evaluada en función de la renta de la persona dependiente. En este orden de prioridades también se tendrá en cuenta la edad y tipo de servicio solicitado.


Servicios
Las personas que, encontrándose en situación de dependencia, obtengan la acreditación del Estado con el grado y nivel de dependencia, podrán acceder a los siguientes servicios dispuestos por la Ley de Dependencia:

* Servicios de Prevención de las situaciones de dependencia
* Servicios de Teleasistencia
* Servicios de Ayuda a Domicilio, entre lo que se incluyen: Atención de las necesidades del hogar y Cuidados personales
# Servicios de Centro de Día y Noche, que pueden ser:

* Centro de Día para mayores
* Centro de Día para menores de 65 años
* Centro de Día de atención especializada, Centro de Noche

# Servicios de Atención Residencial, que pueden ser:

* Residencias de personas mayores en situación de dependencia
* Centros de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad

Prestaciones económicasLas prestaciones económicas, que establece la Ley de Dependencia, y a las que pueden acceder las personas dependientes, pueden ser de varios tipos:

* Prestaciones económicas vinculadas al servicio: prestación económica que recibirán aquellas personas dependientes que no puedan acceder a los servicios públicos o concertados de atención a la dependencia. Esta prestación económica es de carácter periódico.

* Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales: este tipo de prestación se concederá cuando la persona dependiente esté atendida en su entorno familiar. El cuidador de la persona dependiente deberá estar dado de alta en la Seguridad Social y deberá seguir las acciones de apoyo promovidas para los cuidadores no profesionales.

* Prestación económica de asistencia personal: el objetivo de esta prestación es promocionar la autonomía personal de la persona dependiente, contratando una asistencia personal que le ayuden en su quehacer diario.

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